Historia General del Pueblo Dominicano Tomo VI

108 Los rasgos del Estado de la posdictadura (1961-1966) por supuesto, cambios en la estructura de la propiedad y la redistribución de la riqueza. No obstante, en el país no prosperaron las escasas pugnas por la justicia distributiva. Por lo cual aquí se explorarán, de manera muy puntual, en primer lugar el tema del reconocimiento de los derechos individuales y el despliegue de las capacidades del Estado para acoger institucionalmente el afianzamiento de tales derechos y, en segundo lugar, el resurgimiento am- pliado de los particularismos en el Estado. El primer tema alude a que la efectividad de los derechos individuales se encuentra enlazada a la consolidación del Estado. En este sentido son muy sugerentes las reflexiones de Blandine Barret-Kriegel a despecho del antiesta- tismo, cuando concluye en que la instauración del individuo libre y autónomo tiene una estrecha vinculación con el afianzamiento de un tipo de Estado, el Estado de derecho. 30 Sin embargo, no debe perderse de vista que la centrali- dad del Estado para la efectividad de los derechos individuales no contraría la idea de que el Estado está referido a un orden conformado por poderes y micropoderes y, por lo tanto, a formas de dominación y subordinación. Esta es también la reflexión de Marcel Gauchet cuando enfoca el vínculo entre la consolidación del Estado y la vigencia del individuo autónomo como el de una paradoja de la libertad según los modernos: «[…] el reino singular del individuo supone el imperio general del Estado […]. Cada vez mayor independencia de las existencias individuales, y por otra parte, cada vez mayor primacía del punto de vista de la organización burocrática del conjunto». 31 Gauchet sitúa esta mutua implicación entre el surgimiento del individuo y la confor- mación del Estado moderno como una de las contradicciones constitutivas de las democracias modernas. 32 Y este reconocimiento tiene consecuencias, ya que hay un vínculo entre este reconocimiento recíproco y la legitimidad de la comunidad política. A la luz de las reflexiones anteriores, formulo la idea de que el reco- nocimiento de diversos derechos individuales y de las libertades públicas, además de haber sido severamente limitado por los gobiernos posteriores al golpe de Estado de 1963, contó en este período con un arraigo superficial y una institucionalización en el Estado sumamente limitada, debido —entre otros factores— al escaso desenvolvimiento de sus capacidades y recursos, así como a su porosidad servil ante las élites económicas y políticas. Entre las capacidades del Estado sobresale la de poseer un conjunto de instituciones públicas con un cuerpo burocrático profesional —considerado como un rasgo de la estatidad— que posibilita la asunción de políticas públicas y universales. De los recursos estatales para conseguir los fines propuestos, me de- tendré brevemente en los cambios operados en la obtención de los recursos

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