Historia General del Pueblo Dominicano Tomo VI
98 Los rasgos del Estado de la posdictadura (1961-1966) Al deponer en 1963 al gobierno de Juan Bosch, la coalición cívico-militar se revistió del poder de declarar el estado de emergencia y, con esto, la suspensión del ordenamiento jurídico, con lo que tal coalición se situó fuera del orden para crear otro orden. Pero el interés de ese poder «soberano» no es el de la cons- trucción de la democracia, sino que se presenta con la misión de lograr el man- tenimiento y la estabilidad del orden amenazado. Claire Wright ha desglosado analíticamente los poderes de emergencia en dos dimensiones: «el constructo de la excepción y la política de la excepción» en el sentido de que «cualquier situación de emergencia tiene que ser construida como tal, para luego tomar medidas en su nombre». 9 En el caso de este golpe de Estado, se activaron los miedos mediante una agitación permanente y la agudización de los conflictos. La declaratoria de emergencia caracteriza la situación de caótica debido a la incompetencia gubernamental que habría agudizado las penurias sociales y habría llevado la «Nación a la ruina». La narrativa del manifiesto de depo- sición del gobierno constitucional se construye de la siguiente forma: anuncia que la sociedad está en peligro de desintegración por obra del enemigo inter- no y el externo del comunismo local y el comunismo internacional, los cuales habrían colocado el país en un «estado de subversión latente» que amenaza con destruir las «esencias democráticas y republicanas» y atentar contra las creencias religiosas inscritas en el lema del escudo nacional. 10 Propios del pen- samiento conservador y del binarismo de la Guerra Fría, estos planteamientos para construir discursivamente el estado de peligro de desintegración y de amenaza de la paz pública, aunque carecían de originalidad, se activaban en muchas ocasiones al fomentar una cultura de la emergencia nacional. Clausuradas las cámaras legislativas, la política durante el gobierno excepcional del Triunvirato, segundo gobierno de excepción, se organiza en función de la decisión, la cual repele la razón o la deliberación parlamentaria y no acepta ataduras ni siquiera en la Constitución de 1962, que por propia decisión establece como válida al desconocer la Constitución de 1963, vigente en ese momento. El manifiesto o declaración del golpe de Estado de 1963 en la fundación de este gobierno de excepción lo consigna en su artículo 5: «[…] se declara en vigor la Constitución del 17 de septiembre de 1962 […], salvo en lo que sea contraria a los propósitos de los presentes pronunciamientos». 11 El enfoque decisionista de la política, tal como lo reflexionó C. Schmitt, 12 insti- tuye la primacía de la decisión sobre la deliberación parlamentaria y fuera de la normativa jurídica. En ausencia de las leyes y de la deliberación racional, suspendidos los parlamentos, aquellos que detentan el poder extremo adop- tan las decisiones de envergadura sobre el orden, la unidad y la seguridad de la sociedad, sin la pretensión de obtener el consentimiento.
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