Historia General del Pueblo Dominicano Tomo VI

Historia general del pueblo dominicano 97 Los estados de excepción y la primacía del decisionismo en la construcción de un orden (1961-1966) Contrariamente a las aspiraciones amplificadas por las luchas desatadas en el período 1961-1966 para impulsar la regulación del poder mediante la ley, en este período tuvo lugar una primacía del decisionismo sobre el derecho y, en casos extremos, la prerrogativa de la violencia , tal como se verá. En lo que sigue exploraré momentos cruciales de los estados de excepción y el predo- minio de la decisión como fuente de la suspensión del orden jurídico vigente y la creación de un orden diferente. Si el estado de derecho otorga un mínimo de seguridad jurídica y un cier- to control legal al poder político y al uso de la fuerza, el estado de excepción lo suspende abruptamente. Se entra entonces en un terreno de incertidumbre y oportunidades para prolongar en el tiempo la clasificación de la situación de urgencia y extender las competencias de los poderes extraordinarios más allá de la crisis o de la situación de emergencia. Esta incertidumbre de exten- sión de los poderes excepcionales se amplifica, todavía más, en una sociedad como la dominicana de los años sesenta del siglo xx , que apenas contaba con débiles procesos de juridificación y, por lo tanto, con una escasa vigencia de los derechos individuales y, acaso, unas incipientes rutinas de representación de la voluntad popular. Con una amplia práctica y unos sólidos asideros en la tradición constitu- cional dominicana, tal como se ha visto, los estados de excepción encontraron amplios cauces y una recurrencia en la accidentada sucesión de seis de los siete gobiernos que transcurrieron en el lapso de los cinco años comprendidos entre el 1º. de enero de 1962 y el 1.º de julio de 1966. 8 En lo que sigue examina- ré puntualmente tres de los momentos de emergencia y el papel de la decisión política: el Consejo de Estado (enero de 1962-febrero de 1963), el Triunvirato (septiembre de 1963-abril de 1965) y el Gobierno Provisional (septiembre de 1965-julio de 1966). El Consejo de Estado, el primero de los regímenes de excepción, inte- rrumpe el orden autoritario de la dictadura para instituir la celebración de elecciones mediante un nuevo texto constitucional y la concentración de po- deres en el Ejecutivo. Cuando el Consejo de Estado ejerció sus competencias ejecutivas y legislativas y estatuyó las elecciones que posibilitaron el régimen democrático de Juan Bosch, inicia uno de los momentos singulares donde lo político excede el derecho. Las decisiones del Consejo de Estado expresadas jurídicamente y en políticas le dieron un giro autoritario y particularista a los cambios de las estructuras económicas y políticas de la dictadura de Trujillo.

RkJQdWJsaXNoZXIy MzI0Njc3