Historia General del Pueblo Dominicano Tomo VI

100 Los rasgos del Estado de la posdictadura (1961-1966) poder irrefrenado e ilimitado en los asuntos exteriores», 15 frente al cual se hundía irremisiblemente la soberanía del Estado dominicano. En esa etapa de reclamos y movilizaciones por conquistas ciudadanas, la excepcionalidad fue un ámbito propicio para el militarismo, en función del cual los cuerpos castrenses y la Policía activaron sus recursos bélicos a través de deposiciones, reposiciones y el golpe de Estado contra Juan Bosch. Pero la apertura jurídica a la violencia desnuda exterior, proveniente de otro Estado y sin controles posibles, fue propiciada por el poder excepcional a través de la mencionada decisión. Dueño de una diplomacia impositiva, de una influencia determinante en los militares dominicanos, poseedor del predominio comercial y financiero en el país y de extraordinarios recursos bélicos activados según los predica- mentos de la Guerra Fría, el Estado norteamericano utilizó estos recursos en el período estudiado de manera combinada e intensiva en los asuntos internos dominicanos, sin que poca o ninguna regulación o contención se le interpu- siera con la segunda ocupación militar norteamericana para hacer fracasar un movimiento armado que, entre otros objetivos, tenía la vuelta a la constitucio- nalidad sin elecciones. El poder y la violencia desnuda de las armas norteamericanas expidieron la partida de nacimiento de la IV República, la cual permanece hasta el pre- sente. El Acto Institucional del 3 de septiembre de 1965, con estatuto de texto constitucional, así como la denominada Acta de Reconciliación Dominicana fue- ron, en condiciones de derrota de las fuerzas constitucionalistas, el resultado de los recursos combinados del poder ilimitado de los Estados Unidos. El Acto Institucional, fuente jurídica del ordenamiento político vigente hasta el pre- sente, fue el producto de la decisión del soberano , en el sentido de Krasner y Schmitt ya citados, impuesta por los marines norteamericanos quienes, a pesar de la tregua declarada, no desperdiciaron el tiempo destinado a las negocia- ciones para demostrar su potencia destructora 16 y establecer la orientación del orden político. El Acta de Reconciliación Dominicana suscrita el 31 de agosto de 1965 de una parte por Francisco Caamaño y sus funcionarios a nombre del Gobierno Constitucional y, de la otra parte, entre otros embajadores, por Ellsworth Bunker, embajador de los Estados Unidos, se autodefinía como un instru- mento constitucional, dejaba sin efecto todas las constituciones dominicanas anteriores, instituía un gobierno de excepción y designaba a Héctor García Godoy como presidente provisional, quien asistido por las fuerzas de ocupa- ción norteamericana se ocuparía del mantenimiento del orden público y de las negociaciones para la desocupación de las tropas interventoras. Tres días

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